Ines Llanes
SERVICIOS
Accidentes de tráfico y circulación
- Presentación de denuncias penales y demandes civiles.
- Obtención de atestados policiales.
- Asistencia en visitas a médicos forenses.
- Negociación extrajudicial con compañías aseguradoras.
- Negociación extrajudicial con el Consorcio de Compensación de Seguros.
- Valoración económica de lesiones.
- Médicos especializados.
- Celebración de Juicios de Faltas.
- Obtenemos las mejores indemnizaciones.
- Reclamación de indemnizaciones para ocupantes de vehículos.
- Especializados en reclamaciones sin coste al cliente con cargo a la compañía aseguradora.
Derecho laboral
- Interposición de demanda contra el despido.
- Reclamación de salarios y liquidaciones impagadas.
- Accidentes de trabajo. Reclamación de indemnizaciones.
- Asistencia jurídica frente a los organismos de conciliación, juzgados de lo social y tribunales superiores de justicia.
- Presentación de expedientes y reclamaciones frente al FOGASA.
- Transacciones empresariales.
- Procedimientos de invalidez. Conflictos con la Seguridad Social.
Derecho laboral
- Interposición de demanda contra el despido.
- Reclamación de salarios y liquidaciones impagadas.
- Accidentes de trabajo. Reclamación de indemnizaciones.
- Asistencia jurídica frente a los organismos de conciliación, juzgados de lo social y tribunales superiores de justicia.
- Presentación de expedientes y reclamaciones frente al FOGASA.
- Transacciones empresariales.
- Procedimientos de invalidez. Conflictos con la Seguridad Social.
Derecho sanitario
- Negligencias profesionales de los profesionales sanitarios y de los centros.
- Reclamación y obtención de indemnizaciones económicas.
- Daños morales.
Derecho de Empresa y Mercantil
- Morosidad e impagados. Reclamación extrajudicial o judicial. Juicios Cambios (cheques y pagarés).
- Constitución, fusión y finiquito de sociedades.
- Impugnación de acuerdos sociales. Asistencia a Juntas Generales.
- Negociación bancaria.
- Patentes y Marcas.
- Competencia Desleal.
- Concursos de acreedores e insolvencia empresarial. Presentación de concursos voluntarios o necesarios.
- Representación del acreedor en el procedimiento. Comunicación de créditos, demandas incidentales.
- Negociación bancaria.
Derecho de Empresa y Mercantil
- Morosidad e impagados. Reclamación extrajudicial o judicial. Juicios Cambios (cheques y pagarés).
- Constitución, fusión y finiquito de sociedades.
- Impugnación de acuerdos sociales. Asistencia a Juntas Generales.
- Negociación bancaria.
- Patentes y Marcas.
- Competencia Desleal.
- Concursos de acreedores e insolvencia empresarial. Presentación de concursos voluntarios o necesarios.
- Representación del acreedor en el procedimiento. Comunicación de créditos, demandas incidentales.
- Negociación bancaria.
Derecho de familia
- Tramitación de separaciones y divorcios de mutuo acuerdo. Redacción de convenio regulador. Divorcio Express.
- Procedimientos de guarda y custodia. Parejas de hecho.
- Especializados en custodia compartida.
- Procedimientos de modificación de medidas. Disminución de pensión de alimentos, cambio de custodia.
- Reclamación e impugnación de la filiación. Incapacidades.
- Tramitación de adopciones. Liquidación régimen económico matrimonial.
- Ejecución de sentencias por impago de alimentos. Embargo de bienes y salarios.
- Nulidades canónicas.
- Conflictos de patria potestad.
Derecho penal
- Redacción de denuncias y querellas ejerciendo la acusación particular.
- Asistencia al denunciado o detenido en dependencias policiales y en los Juzgados.
- Defensa penal en todo tipo de procedimientos penales.
- Acompañamiento y celebración de juicios de faltas.
- Celebración de Juicios Rápidos, delitos de alcoholemia contra la seguridad del tráfico.
Juicios contra menores de edad. - Especializados en asuntos de violencia doméstica, solicitud de órdenes de protección a la víctima, denuncias y querellas por abandono de familia, impago de alimentos.
- Derecho penitenciario. Asistencia al interno en los centros penitenciarios. Petición de permisos y beneficios penitenciarios. Tercer grado.
- Defensa de miembros de cuerpos policiales y de vigilantes de seguridad privada.
Derecho penal
- Redacción de denuncias y querellas ejerciendo la acusación particular.
- Asistencia al denunciado o detenido en dependencias policiales y en los Juzgados.
- Defensa penal en todo tipo de procedimientos penales.
- Acompañamiento y celebración de juicios de faltas.
- Celebración de Juicios Rápidos, delitos de alcoholemia contra la seguridad del tráfico.
Juicios contra menores de edad. - Especializados en asuntos de violencia doméstica, solicitud de órdenes de protección a la víctima, denuncias y querellas por abandono de familia, impago de alimentos.
- Derecho penitenciario. Asistencia al interno en los centros penitenciarios. Petición de permisos y beneficios penitenciarios. Tercer grado.
- Defensa de miembros de cuerpos policiales y de vigilantes de seguridad privada.
Derecho administrativo
- Reclamaciones contra las administraciones públicas, por responsabilidad patrimonial.
- Recursos contra sanciones, tanto en vía administrativa como judicial.
- Asesoramiento y tramitación de licencias.
- Resolución de conflictos con la administración.
- Derecho de Extranjería.
- Especializados en autorizaciones para empresas de seguridad privada.
Derecho bancario
- Participaciones preferentes y subordinadas.
- Cláusulas suelo en hipotecas.
- Entregas a cuenta en concepto de vivienda.
- Reclamación tarjeta Revolving
- Cobertura de tipos de interés o SWAPS.
Derecho bancario
- Participaciones preferentes y subordinadas.
- Cláusulas suelo en hipotecas.
- Entregas a cuenta en concepto de vivienda.
- Reclamación tarjeta Revolving
- Cobertura de tipos de interés o SWAPS.
Derecho civil
- Obligaciones y contratos. Redacción y revisión de todo tipo de contratos.
- Asesoramiento en arrendamientos tanto rústicos como urbanos.
- Derecho inmobiliario y compraventas.
- Reclamación de defectos constructivos y vicios de la edificación.
- Propiedad Horizontal y Comunidades de Propietarios. Reclamación de impagados.
- Desahucios de inquilinos.
- Relaciones de Vecindad e Inmisiones.
- Constitución y extinción de servidumbres.
- Reclamaciones de cantidad y deudas.
- Sucesiones.
- Redacción y modificación de testamentos y actas de última voluntad.
- Reclamación de legítimas.
- Declaraciones de herederos ante notario o juzgado.
Herencias y testamentos
Ante la muerte de un familiar, ¿qué hacer con la herencia? Cuando un familiar muere a menudo surgen muchas preguntas. ¿Qué hacer con la herencia? ¿Quién se queda con el piso? ¿Existe testamento? ¿Tendremos que pagar impuestos? ¿Qué es la legítima?
- ¿Qué ocurre cuando se muere un familiar, un padre, un hermano o, incluso, un hijo? Somos conscientes de que durante los primeros días después del traspaso de un familiar podemos estar algo aturdidos, conmocionados o afectados por la muerte. Por eso, mediante este artículo le facilitaremos una guía para ayudarle en todo el proceso.
- ¿Cuáles son los primeros pasos a seguir? El primer trámite será pedir el certificado de defunción. Cuando hayan transcurrido 15 días ya podremos pedir el certificado de últimas voluntades, que nos servirá para conocer si el difunto había realizado o no testamento y, en caso afirmativo, en qué notario se hizo.
- ¿Qué hacer si no hay testamento? Si no hay testamento, debe iniciarse un proceso de declaración de herederos para nombrar uno. Si los herederos son los hijos o padres, puede hacerse ante el notario y esperar 20 días para la aceptación de la herencia.
Si, por el contrario, no existen hijos o padres y los herederos son los hermanos, tíos u otros familiares, el procedimiento de declaración de herederos se efectuará en el Juzgado con abogado de confianza, pero sobre todo especializado en la tramitación de herencias. - Aceptación de la herencia. Existe un plazo de 6 meses. Una vez se tiene el testamento es necesario aceptar la herencia. Esto podemos hacerlos desde Ines Llanes una vez revisada toda la documentación y estudiadas todas las posibilidades, buscando siempre las mejores soluciones para el cliente. A continuación, le acompañaremos al notario para firmar la escritura. En Ines Llanes buscaremos las mejores valoraciones y haremos todas las previsiones para que no pague más impuestos de los necesarios. Recuerde que tenemos 6 meses para hacer la herencia y liquidar los impuestos.
- Hablando de impuestos… ¿Es cierto que ahora pagamos más? Pues sí. Desde el 1 de febrero de 2014 se redujeron mucho las bases exentas de pagar y ahora casi todas las herencias de más de 100.000€ por heredero tendrán que pagar impuestos. Pero no todo está perdido, todavía existen reducciones y bonificaciones que podremos aplicar. Por eso, es importante ponerse en manos de abogados especializados en sucesiones.
- Si soy el hijo del fallecido y en el testamento no me dejan nada, ¿tengo derecho a la legítima? Sí, tiene derecho a ello, y no es poco. La legítima es la cuarta parte del 25% de toda la herencia. Tenga en la cabeza que se puede reclamar durante 10 años y, por tanto, quizás todavía está a tiempo de reclamar la legítima de la madre o el padre que murieron hace tiempo. En este sentido, estamos haciendo muchas reclamaciones amistosas y consiguiendo muy buenos acuerdos para nuestros clientes.
Herencias y testamentos
Ante la muerte de un familiar, ¿qué hacer con la herencia? Cuando un familiar muere a menudo surgen muchas preguntas. ¿Qué hacer con la herencia? ¿Quién se queda con el piso? ¿Existe testamento? ¿Tendremos que pagar impuestos? ¿Qué es la legítima?
- ¿Qué ocurre cuando se muere un familiar, un padre, un hermano o, incluso, un hijo? Somos conscientes de que durante los primeros días después del traspaso de un familiar podemos estar algo aturdidos, conmocionados o afectados por la muerte. Por eso, mediante este artículo le facilitaremos una guía para ayudarle en todo el proceso.
- ¿Cuáles son los primeros pasos a seguir? El primer trámite será pedir el certificado de defunción. Cuando hayan transcurrido 15 días ya podremos pedir el certificado de últimas voluntades, que nos servirá para conocer si el difunto había realizado o no testamento y, en caso afirmativo, en qué notario se hizo.
- ¿Qué hacer si no hay testamento? Si no hay testamento, debe iniciarse un proceso de declaración de herederos para nombrar uno. Si los herederos son los hijos o padres, puede hacerse ante el notario y esperar 20 días para la aceptación de la herencia.
Si, por el contrario, no existen hijos o padres y los herederos son los hermanos, tíos u otros familiares, el procedimiento de declaración de herederos se efectuará en el Juzgado con abogado de confianza, pero sobre todo especializado en la tramitación de herencias. - Aceptación de la herencia. Existe un plazo de 6 meses. Una vez se tiene el testamento es necesario aceptar la herencia. Esto podemos hacerlos desde Ines Llanes una vez revisada toda la documentación y estudiadas todas las posibilidades, buscando siempre las mejores soluciones para el cliente. A continuación, le acompañaremos al notario para firmar la escritura. En Ines Llanes buscaremos las mejores valoraciones y haremos todas las previsiones para que no pague más impuestos de los necesarios. Recuerde que tenemos 6 meses para hacer la herencia y liquidar los impuestos.
- Hablando de impuestos… ¿Es cierto que ahora pagamos más? Pues sí. Desde el 1 de febrero de 2014 se redujeron mucho las bases exentas de pagar y ahora casi todas las herencias de más de 100.000€ por heredero tendrán que pagar impuestos. Pero no todo está perdido, todavía existen reducciones y bonificaciones que podremos aplicar. Por eso, es importante ponerse en manos de abogados especializados en sucesiones.
- Si soy el hijo del fallecido y en el testamento no me dejan nada, ¿tengo derecho a la legítima? Sí, tiene derecho a ello, y no es poco. La legítima es la cuarta parte del 25% de toda la herencia. Tenga en la cabeza que se puede reclamar durante 10 años y, por tanto, quizás todavía está a tiempo de reclamar la legítima de la madre o el padre que murieron hace tiempo. En este sentido, estamos haciendo muchas reclamaciones amistosas y consiguiendo muy buenos acuerdos para nuestros clientes.